Durante el mes de septiembre prácticamente todos los accionistas y titulares de Obligaciones Subordinadas de Banco Popular han recibido una llamada de su sucursal para ofrecerles una compensación por las pérdidas sufridas, unos Bonos de Fidelización del Banco Santander que se les brinda como muestra de buena voluntad. Tal y como dice la comunicación comercial del propio Banco, “con el fin de reforzar la relación con los clientes en un ejercicio de compromiso y de apuesta por profundizar la relación a largo plazo con ellos y de responder a la manera de hacer las cosas del Grupo Santander”.
Estos clientes, como es lógico, se encuentran en la tesitura de si, habiendo perdido todo el dinero invertido en acciones y obligaciones subordinadas, deben aceptar estos Bonos que el Santander califica como “regalo”. Además, se ven presionados por los empleados de Banco Popular a quienes el Santander ha marcado, como objetivo comercial prioritario, esta campaña de fidelización.
Antes de tomar una decisión vamos a analizar si estos Bonos son realmente un «regalo» como dice Banco Santander, en qué consisten, sus riesgos, las condiciones para su aceptación y las opciones al respecto».
¿Qué son los bonos de fidelización del banco Santander y qué riesgos tienen?
En primer lugar, «Bonos de Fidelización del banco Santander» es el nombre comercial del producto financiero que, en realidad, se trata de OBLIGACIONES PERPETUAS CONTINGENTEMENTE AMORTIZABLES. Son obligaciones perpetuas porque no tienen fecha de vencimiento, por lo que el Banco no tiene obligación de devolver el capital invertido, aunque el Santander se ha reservado la facultad de amortizar la emisión a los 7 años (pero, repetimos, no tiene obligación de hacerlo).
Y son obligaciones subordinadas porque sus titulares son los últimos en cobrar en caso de quiebra, insolvencia o liquidación de la entidad, sólo por delante de los accionistas. Se trata, por un tanto, de un producto complejo de riesgo muy elevado. De hecho, por su complejidad y nivel de riesgo podríamos compararlo con las Participaciones Preferentes (producto en el que tantas personas perdieron sus ahorros y ha generado gran litigiosidad).
Los “Bonos” tienen un interés del 1% anual pagadero trimestralmente, pero este interés es discrecional (esto es, el banco puede suspenderlo en cualquier momento sin razón alguna) y no acumulativo (si no se cobra un trimestre se pierde el derecho de cobro).
¿Cuál es el valor real de los bonos de fidelización del banco Santander?
Cada “Bono” tiene un valor de 100 euros de nominal, es decir, si un cliente había invertido 10.000 euros en acciones le entregarán 100 bonos. Sin embargo, en realidad, esos bonos no valen 100 euros cada uno. De hecho, el Folleto de Emisión inscrito en la CNMV contiene las valoraciones de los mismos realizadas por AFI e Intermoney que los sitúa entre un 70 y un 75% de su valor nominal.
Por tanto, el cliente que decida aceptar la oferta, obtendrá unos “Bonos” que, desde un primer momento, valen un 25-30% menos del dinero que invirtió en acciones u obligaciones subordinadas. O dicho de otra forma, a ese cliente que invirtió 10.000 euros le van a dar unos bonos que, ahora mismo, valen 7.500 euros. Además, los Bonos cotizan en el mercado secundario AIAF y no es descabellado afirmar que, por pura ley de oferta y demanda, cuando se produzcan ventas masivas de clientes intentando recuperar todo o parte de su inversión, su valor de mercado caerá en picado, muy por debajo de ese 70-75% actual.
¿Qué condiciones tienen estos bonos de fidelización del Banco Santander para aceptar la oferta?
En primer lugar, haber adquirido acciones del Banco Popular en la última ampliación de capital (entre el 26 de mayo y el 21 de junio de 2016) o ser titular de obligaciones subordinadas de las emisiones de 29 de julio de 2011 y 14 de octubre de 2011 y mantenerlas en el momento en que Santander compró el Popular. Quedan fuera, por tanto, los restantes accionistas de Banco Popular y aquéllos que las hubieran vendido.
Renunciar a todo tipo de acciones legales (civiles, penales, administrativas) contra el Banco Santander, el Banco Popular y sus administradores, directivos o empleados. Y, sin duda, la razón de que Banco Santander haya decidido realizar esta oferta: los clientes deberán mantener una relación comercial con el banco equivalente a la que tenían en el momento de adquisición de las acciones o de las obligaciones subordinadas. Es decir: ese cliente que compró 10.000 euros en acciones pero que, además, tenía otros 50.000 euros adicionales en el Banco Popular en depósitos, cuentas corrientes, fondos de inversión etc., si sacó todo o parte de su dinero porque la situación del Popular no le parecía viable, o porque no estaba conforme con la compra por el Santander, tendrá que volver a depositar esos importes si quiere aceptar la oferta de los Bonos.
¿Por qué ha hecho banco Santander esta oferta tan apetitosa?
La jugada del Santander es redonda: entrega deuda perpetua de escaso valor, que no tiene obligación de amortizar, con un interés no garantizado a cambio de que el cliente renuncie a acciones judiciales (si ganara el juicio recuperaría toda su inversión y el banco tendría que hacerse cargo de las costas) y mantenga o reponga su dinero en el banco. No está de más recordar que el Popular ha sufrido una gran fuga de clientes, particulares y PYMES, que al Santander le interesa ahora recuperar.
Entonces, ¿debo aceptar la oferta de los bonos de fidelización del Banco Santander?
Es cierto que a corto plazo la oferta puede parecer atractiva, pues los accionistas y titulares de obligaciones subordinadas podrían recuperar parte de su inversión a través de la venta de los bonos, pero ello sería, sin duda, a costa de sufrir grandes pérdidas. Además, quien decida conservarlos, ha de tener en cuenta que será titular de un producto de riesgo, perpetuo, con interés no garantizado, que Banco Santander previsiblemente no amortizará a los siete años.
Por otro lado, existe la posibilidad de entablar un procedimiento judicial reclamando la devolución del dinero invertido, con grandes posibilidades de éxito. De hecho, en caso de estimaran la demanda, se recuperaría todo el dinero invertido con intereses. Al respecto, hay que tener en cuenta que la jurisprudencia ahora es muy favorable a los consumidores después de todos los desmanes cometidos por las entidades bancarias y que el caso del Popular presenta muchas similitudes con el de Bankia, en el que los clientes han ganado masivamente los juicios planteados por las acciones, participaciones preferentes u obligaciones subordinadas.
Por tanto, nuestro consejo es que no dudes en llamarnos. Te asesoraremos y ayudaremos a recuperar el dinero invertido en acciones y obligaciones subordinadas del Banco Popular, y lo hacemos como nos gusta con cercanía y explicándote toda la información, como hacemos en este artículo.
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