Cuando parecía que todo estaba perdido para los miles de consumidores afectados por el perjudicial índice IRPH, hemos conocido la reciente Sentencia del TJUE de 13 de julio de 2023 que, respondiendo a una cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia Número 17 de Palma de Mallorca y contradiciendo al Tribunal Supremo, sienta bases claras para poder reclamar la nulidad y confirmar si es abusivo el índice IRPH. Analizamos las claves de esta sentencia y cómo
Prácticamente a diario recibimos consultas de afectados por préstamos referenciados al índice IRPH, que nos preguntan si pueden reclamar la nulidad de su préstamo. Lamentablemente hemos tenido que advertir a todos ellos cómo estaba la situación jurisprudencial en estos momentos en nuestro país, soplando vientos contrarios a los intereses de los consumidores, porque en la mayor parte de Juzgados y Audiencias provinciales, siguiendo la doctrina del TJUE y el Tribunal Supremo, se desestimaban la mayoría de las demandas,
Poco a poco, y aunque en nuestro país se hallan suspendidas las actuaciones judiciales como consecuencia de la crisis sanitaria que estamos sufriendo, comienzan a conocerse las primeras sentencias sobre la nulidad del índice IRPH de los Juzgados de Primera Instancia. Las perspectivas son, por el momento, optimistas para los consumidores por cuanto las cuatro primeras sentencias dictadas por órganos de primera instancia coinciden en declarar la nulidad del índice IRPH. Vamos a analizar los razonamientos jurídicos que esgrimen los
Por fin se ha hecho pública la Sentencia del TJUE sobre reclamaciones del IRPH , que tenía a todos los afectados por IRPH mirando con expectación la decisión de Luxemburgo, que permitirá a los jueces nacionales entrar a valorar la posible nulidad del interés del índice IRPH por falta de transparencia. Aunque en sí las noticias son buenas para los afectados por el IRPH, no te dejes llevar por cantos de sirena de manera precipitada porque, OJO, no es oro
El día 3 de marzo de 2020 se conocerá la sentencia del TJUE sobre la posible nulidad del IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios). ¿Cuándo suscribiste tu hipoteca referenciaste el pago de intereses al índice IRPH? Si es así ya sabes los perjuicios económicos que eso te ha supuesto porque, a diferencia de lo que ha sucedido con las hipotecas referenciadas al Euríbor, el IRPH ha tenido una evolución que no ha descendido del 1,83%, manteniéndose durante muchos años por encima
El largo calvario para los cientos de miles de afectados por el perjudicial índice IRPH, al que se referenciaron numerosos préstamos hipotecarios en nuestro país, parece estar llegando a su fin: tras la vista del Tribunal de Justicia Europeo sobre la cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia Número 38 de Barcelona, celebrada el pasado día 25 de febrero de 2019, se han emitido las conclusiones del Abogado General de la Unión Europea, previas al dictado de
El IRPH es uno de los índices de referencia oficiales que se utilizan para calcular el tipo de interés a pagar en los préstamos hipotecarios a interés variable. Durante años se vendió por las entidades bancarias (especialmente las Cajas de Ahorro) como una alternativa al Euríbor, explicando a sus clientes que era un índice más estable y que, a la larga, les resultaría más beneficioso. El tiempo ha demostrado todo lo contrario: el IPRH se ha mantenido muy por encima
Los numerosos consumidores que contrataron una hipoteca referenciada al índice IRPH esperan expectantes la próxima resolución de la cuestión prejudicial planteada al Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, que se reúne el próximo 25 de febrero de 2019 para tomar una decisión acerca de la cuestión y así reclamar el índice IRPH de la Hipoteca. Recapitulamos sobre la evolución de reclamar el índice IRPH de la Hipoteca por su carácter abusivo y su eliminación del contrato hasta el momento actual,
Recientemente hemos conocido el texto de la Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2017 sobre la cláusula IRPH, cuyo fallo se había anticipado con anterioridad. La Sentencia ha sido un jarro de agua fría para las numerosas familias hipotecadas con este índice de referencia, ya que el Tribunal Supremo ha dictaminado que no es abusivo. Sin embargo, dos votos particulares dejan abierta la puerta para que se pronuncie al respecto el Tribunal de Justicia de la Unión
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