En nuestro post anterior explicábamos la situación de incertidumbre en que se hallan numerosos afectados debido a la desaparición del Libor en las Hipotecas Multidivisa en nuestro país, al hallarse sus préstamos hipotecarios en divisas referenciados al índice Líbor de la divisa en que se hubieran contratado (mayoritariamente francos suizos o yenes japoneses), para el cálculo del interés variable, índice de referencia que va a desaparecer el día 31 de diciembre de 2021, al cesar su publicación.
En este artículo vamos a continuar analizando la problemática situación existente en relación a las hipotecas multidivisa de Caixabank, antes titularidad de Barclays Bank, ante la inexistencia de previsión en sus escrituras de préstamo hipotecario de un tipo de referencia sustitutivo del Libor, caso de desaparición de éste, así como la facultad de la entidad de acordar el vencimiento anticipado del préstamo en este supuesto. Los titulares de hipotecas multidivisa con Barclays Bank y también con Banco de Valencia (entidad que igualmente absorbió Caixabank) continúan recibiendo requerimientos por parte de ésta con el fin de alcanzar un acuerdo en que ambas partes accedan a novar el préstamo hipotecario ante la desaparición del tipo de referencia en base al cual se calcula el tipo de interés variable.
Como relatábamos en el anterior post, Caixabank ofrece dos opciones a los titulares de hipotecas multidivisa:
- Establecer como tipo fijo, para el resto de plazo de la hipoteca multidivisa, el último tipo de referencia que se haya podido calcular (esto es, el correspondiente a la última revisión del tipo de interés previo a la desaparición del Libor); o
- Convertir el préstamo a euros y establecer como índice de referencia el Euribor más el diferencial pactado en escritura.
No obstante, hemos de indicar que en fechas recientes se han producido importantes novedades en cuanto a los tipos sustitutivos del Libor acordados por las autoridades competentes, en concreto, en cuanto al tipo sustitutivo del Libor franco suizo, por lo que los titulares de hipotecas multidivisa representadas en francos suizos no tendrían que realizar ningún tipo de novación con la entidad bancaria ya que, en el propio requerimiento que Caixabank ha remitido a sus clientes, indica que la novación con las dos opciones anteriormente indicadas sería “una medida alternativa caso de que no llegara a publicarse disposición normativa o reglamentaria alguna”.
Por tanto, al margen de las entidades bancarias que han comercializado las hipotecas multidivisa, vamos a analizar la situación de los afectados por éstas en función de la divisa en que la contrataron: en nuestro país, mayoritariamente, francos suizos (52% de las hipotecas multidivisa comercializadas) y yenes japoneses (46%, correspondiendo el restante porcentaje a hipotecas multidivisa en libras esterlinas o dólares):
Desaparición del Libor en las Hipotecas Multidivisa en francos suizos
En previsión de la desaparición del Libor y el importante riesgo e incertidumbre que ello supondría para los titulares de los numerosos préstamos hipotecarios (también créditos al consumo, deuda y otros productos financieros) que lo utilizan como índice de referencia en la Unión Europea, se aprobó el Reglamento (UE) 2021/168, de 10 de febrero de 2021, del Parlamento Europeo y del Consejo con el fin de facultar a la Comisión Europea para designar índices sustitutivos que pudieran aplicarse en aquellos contratos que continuarán vigentes después del 31 de diciembre de 2021 (fecha en que cesa la publicación del Libor) y que no cuentan con “cláusulas supletorias los suficientemente sólidas para cubrir la cesación”. Esto es, contratos que no prevén un índice o tipo sustitutivo en el caso de desaparición del índice de referencia principal, en este caso, el Libor.
En virtud de dicha facultad, en fechas recientes se ha aprobado el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1847 de la Comisión de 14 de octubre de 2021 en que se designa un índice sustitutivo normativo para determinadas modalidades del Libor franco suizo. En dicho Reglamento se establece como índice sustitutivo del Libor franco suizo en sus cuatro vencimientos, a partir del 1 de enero de 2022, el índice SARON (Swiss Averege Rate Overnight o tasa media de referencia a un día suiza) compuesto a 1 mes, 3 meses, 6 meses y 12 meses, al que habrá de adicionarse un ajuste fijo de diferencial.
Por tanto, los titulares de hipotecas multidivisa en francos suizos, que tenían como índice de referencia el Libor de esta divisa, en virtud de dicha disposición reglamentaria de la Comisión Europea, verán sustituido su índice de referencia por el índice SARON, a partir de la indicada fecha de 1 de enero de 2022, sin necesidad de suscribir novación contractual alguna con la entidad bancaria.
El Libor en las Hipotecas Multidivisa en yenes japoneses
Si bien, como hemos visto anteriormente, la Comisión Europea ha aprobado disposiciones reglamentarias para la designación de un índice sustitutivo para el próximamente extinto Libor franco suizo, no ha sucedido lo mismo respecto del Libor yen japonés, que también dejará de publicarse a partir del 31 de diciembre de 2021 y ello pese a tratarse de un índice de referencia ampliamente utilizado en las hipotecas multidivisa comercializadas en nuestro país.
En el caso de que no llegara a aprobarse en los próximos meses un Reglamento de la Unión Europea con previsiones similares al que antes hemos analizado, a estas hipotecas multidivisa en yenes japoneses que no contienen una previsión contractual expresa para el supuesto de desaparición del índice de referencia Libor yen, podrían aplicarse por las entidades bancarias dos opciones, según los expertos en la materia, que entendemos no tendrían por qué precisar de novación alguna:
- Establecer como índice sustitutivo la tasa TONAR (Tokyo Overnight Average Rate o tasa media a un día de Tokio) del Banco de Japón, tasa sustitutiva recomendada por el grupo de trabajo “Study Group on Risk Free Reference Rates” (fuente CNMV).
- Establecer como índice sustitutivo y entre tanto continúe publicándose el denominado “Libor sintético”. La Autoridad de Conducta Financiera (FCA) anunció el pasado 29 de septiembre que durante el año 2022 se continuarían publicando seis modalidades de Libor bajo una metodología modificada, denominada “sintética”. En concreto, el Libor “sintético” yen japonés, que se publicaría para los plazos de 1, 3 y 6 meses se configuraría con la tasa libre de riesgo de Tokio (TORF) más un diferencial de ajuste (fuente Intercontinental Exchange, ICE).
En cualquier caso, es importante recordar a los afectados por hipotecas multidivisa de Barclays Bank o Banco de Valencia que reciban un burofax o requerimiento fehaciente por parte de Caixabank que, antes de firmar nada, cuenten con el asesoramiento de un abogado experto en la materia para no suscribir documento alguno que pudiera dificultar una eventual reclamación judicial de nulidad del clausulado multidivisa de su préstamo hipotecario.
Así mismo, también hemos de señalar que los clientes afectados por este tipo de hipoteca multidivisa de Barclays Bank o Banco de Valencia y que han recibido el requerimiento que antes hemos analizado, tienen derecho a que Caixabank les entregue por escrito todos los términos de la novación contractual que les propone pues la misma ha de adaptarse a los requisitos de información que se establecen en la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario (obligación de entrega de la Ficha Europea de Información Normalizada o FEIN y de la Ficha de Advertencias Estandarizadas o FIAE, entre otras), documentación que aconsejamos sea estudiada por un abogado experto que pueda explicar al cliente todas las implicaciones y consecuencias de su firma.
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