Ya han pasado más de dos meses desde que el Tribunal Supremo dictara su esperada sentencia de 15 de noviembre de 2017, que removía los cimientos de la jurisprudencia en materia de cómo reclamar la hipoteca multidivisa. Esta sentencia fue acogida con gran entusiasmo y esperanzas por todos los afectados de hipotecas multidivisas, pero me imagino que casi todos los que acudisteis a hablar con uno de nosotros (que tenemos por norma rebajar el ánimo de los clientes), os aconsejaríamos prudencia, y esperar un par de meses antes de embarcaros en un procedimiento judicial, para ver cómo se interpretaba la Sentencia por parte de los distintos Juzgados y Audiencias Provinciales.
Pues bien, el tiempo ha pasado, y ya tenemos información suficiente como para realizar un primer análisis de las últimas sentencias dictadas tras pronunciarse el Tribunal Supremo y saber cómo reclamar la hipoteca multidivisa. Antes que nada, hay que recordar, que el Tribunal Supremo, lo que hizo fue dibujar una hoja de ruta respecto a la defensa que se tiene que seguir para reclamar la nulidad parcial de un préstamo multidivisa, porque hasta entonces no había un criterio común respecto a la acción a ejercitar, lo que en congruencia daba una pluralidad de opciones diferentes con distintos resultados, siendo la defensa mucho más confusa, y las resoluciones, de lo más variopintas.
Así, hasta ahora, muchos compañeros presentaban las demandas alegando “vicio en el consentimiento”, motivado por una incorrecta información por parte de la entidad al cliente. O también ha servido de fundamento de muchas demandas, no ser un producto adecuado para el tipo de cliente que firmaba dicha hipoteca, incluso la infracción de normas imperativas, y un largo etcétera de fundamentaciones, que ahora el Tribunal Supremo, ha descartado como acciones válidas para instar la nulidad parcial de las hipotecas multidivisas.
¿Qué vía permite el TS para instar a la demanda de nulidad parcial de una Hipoteca Multidivisa?
Dicho lo cual, nuestro alto Tribunal ha concluido que, la única vía posible para instar la demanda de nulidad parcial de una hipoteca multidivisa, es ejercitar la nulidad fundada en la abusividad por falta de transparencia. Todo suena parecido, pero cada acción es diferente, tiene unas consecuencias jurídicas distintas y, además, cada una de ellas tiene un plazo para ejercitarse no coincidente con las otras acciones, estando alguna de ellas caducada. Así que aunque suene todo igual, legalmente hay mucha diferencia entre invocar una acción u otra, hasta el punto que si nos confundimos a la hora de formular la demanda y de proponer la práctica de la prueba, podemos dar al traste con las pretensiones de nuestros clientes. Esto es muy importante a la hora de reclamar la hipoteca multidivisa.
Así, el Tribunal Supremo concluye que para valorar si un préstamo multidivisa debe ser objeto de nulidad parcial, debemos analizar si las cláusulas relativas a la divisa superan o no el control de transparencia que refiere la Directiva sobre cláusulas abusivas y, para ello, se debe analizar si los prestatarios han recibido una información adecuada sobre la naturaleza de los riesgos asociados a dicha hipoteca y sobre las graves consecuencias asociadas a la materialización de tales riesgos.
El resto de acciones que se invoquen para defender judicialmente la nulidad parcial de este tipo de productos, muy probablemente, estarán avocadas al fracaso, como es el caso del vicio en el consentimiento en el que, en la mayor parte de casos, la acción estará caducada. De hecho, analizando las sentencias dictadas en estos últimos dos meses, hemos visto que en muchas de ellas los Juzgadores han tenido que pronunciarse respecto a acciones diversas que no son precisamente la abusividad de la cláusula, lo cual, en algunos casos, ha servido de motivo de desestimación.
De hecho, casi todos los supuestos en que hemos visto desestimarse las pretensiones de los clientes en estos dos últimos meses, ha sido precisamente porque la demanda estaba incorrectamente fundada y tampoco se proponía la prueba adecuada para ello.
¿Qué posibilidad de éxito tiene reclamar la hipoteca multidivisa?
Lo que tenemos que destacar en estos meses que han transcurrido desde que el Tribunal Supremo dictara su sentencia de 15 de noviembre, es que hemos apreciado un espectacular aumento de éxito en las reclamaciones que estaban fundadas, aun con carácter subsidiario, en la abusividad de las cláusulas. Para valorar el aumento de posibilidades de éxito en nuestras reclamaciones, comentar que hasta el año 2016, había sólo un 50% de posibilidades de éxito (si no, menos), a la hora de reclamar la nulidad de este préstamo hipotecario multidivisa; ya en 2016, el número de resoluciones ganadas fue aumentando lentamente y, entre ese año y mediados de 2017, las sentencias estimatorias ya alcanzaban el 60%, o incluso algo más. Pero es en verano de 2017, cuando incluso antes de dictarse la sentencia del Tribunal Supremo, se aprecia un incremento mayor de sentencias estimatorias, alcanzándose el éxito casi al 75% de las resoluciones obtenidas. ¡¡Y ese porcentaje crece al 902% respecto a las sentencias dictadas después de la Sentencia de 15 de noviembre!!
Así, se puede confirmar que aquéllas demandas que hayan sido fundadas de manera correcta para reclamar la hipoteca multidivisa, y que estén hoy pendientes de resolución judicial, tienen una esperanza de éxito muy elevado. Obviamente, dependerá de cada caso y de la prueba que se practique, pero desde luego, las opciones de éxitos son muchas. Y aquéllas demandas para reclamar la hipoteca multidivisa que hayan sido interpuestas invocando fundamentos jurídicos erróneos, tienen la posibilidad de enmendarse a tiempo, debiendo valorarse si es más aconsejable desistir de la demanda interpuesta (aunque sea perder cierto tiempo), y volverla a formular fundamentándola de manera correcta. En cualquier caso, eso es algo que no corresponde al cliente valorar, si no al letrado, pero es bueno que sepáis que existe esa opción, por si estuvierais en ese supuesto.
Pero sobre todo, es un gran momento para interponer ahora las demandas que no os atrevisteis a interponer con anterioridad, porque tenemos sentado ya el criterio del Tribunal Supremo, y dibujada la hoja de ruta legal que debemos seguir para instar la nulidad. Así que ya no va a haber dudas respecto la acción a ejercitar, ni la prueba a proponer.
Conclusión para reclamar la hipoteca multidivisa
Para todos aquéllos afectados de multidivisas que, por prudencia, por temor, por desconocimiento, desconfianza, etc, no hayáis acudido a la vía judicial para interponer la demanda instando la nulidad, es un gran momento para hacerlo ahora, porque las posibilidades de éxito son muy elevadas.
Aún así, lógicamente, hay que ser cauto a la hora de evaluar las posibilidades de cada cliente, pero desde luego, no se pierde nada por consultar cada caso. Si necesita un asesoramiento de calidad, no dude en confiar en nosotros, podemos reclamar la hipoteca multidivisa con éxito. Somos abogados de hipotecas multidivisa con experiencia.
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